Micelio
Auto12 de junio de 2002

A- de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Ramiro Bejarano Guzman Y Otro

Tema · dato duro
Aclaracion Sentencia C-233/02
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De Constitucionalidad
  • Existencia de armonía en respuesta a argumentos planteados
  • Solicitud de aclaración
  • Solicitud de aclaración de parte motiva
Sentencia De La Corte Constitucional
  • No revocación o reforma aún so pretexto de aclaración
  • Procedencia excepcional de aclaración
  • Inexistencia de duda sobre parte motiva y resolutiva
Sentencia
  • No revocación ni reforma como regla general por el juez que la pronunció
3 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se rechazó por improcedente la solicitud formulada por los ciudadanos de la referencia para que se aclarara la Sentencia C-233/02, toda vez que para la Corte es claro que no existe ningún motivo de duda en la parte motiva de la Sentencia en el aparte invocado por el peticionario, ni mucho menos que ello pueda incidir en la parte resolutiva de citada Sentencia en la que se declaró la inexequibilidad de los Art. 17 y 18 de la Ley 678 de 2001.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional,
  2. RESUELVE:
  3. RECHAZASE por improcedente la solicitud formulada por el ciudadano Ramiro Bejarano Guzman y coadyuvada por el ciudadano Julian Alberto Clavijo Vanegas para que se aclare la sentencia C-233 del 4 de abril de 2002.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.